domingo 24 noviembre, 2024
Sociedad

Un juez anuló la audiencia pública de la legislatura para venta de inmuebles

La audiencia pública llevada a cabo en la Legislatura Porteña por la venta de más de 30 inmuebles, fue declarada nula por la justicia.

En este sentido, el juez Andrés Gallardo consideró que hubo “inobservancia deliberada respecto de la orden cautelar” en la audiencia pública virtual celebrada por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires.

Según consigna Página 12, la justicia declaró nula la audiencia pública virtual que el oficialismo porteño que se realizó la semana pasada, con el fin de tratar la venta de más de 30 inmuebles supuestamente innecesarios para el Gobierno de la Ciudad, a pesar de que el día anterior el magistrado había ordenado suspenderla por incumplir con los requisitos que establece la ley para su convocatoria.

La legislatura, había logrado llevar adelante la audiencia por zoom, para avanzar con el tratamiento de la ley que promovía vender inmuebles que el Gobierno porteño considera innecesarios.

El día anterior a la audiencia que se hizo el miércoles de la semana pasada, el juez Gallardo ordenó suspenderla tras hacer lugar a un amparo colectivo presentado por el Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC) y la Cátedra de Ingeniería Comunitaria porque, entre otras cosas, no se había habilitado un espacio físico para garantizar la participación de todos aquellos que no tienen dispositivos informáticos o wifi, como establece la modificación que se hizo a la ley que regula este tipo de reuniones públicas, dentro del marco de la pandemia.

El juez señaló que fueron rechazadas “las mociones de pasar a un cuarto intermedio a efectos de verificar la existencia de la medida cautelar referida y su efectiva notificación”, así como también “fueron desatendidos los avisos acerca de que la secretaria del Juzgado, Beatriz Campos, solicitaba permiso de ingreso a la reunión, quien finalmente pudo acceder 45 minutos antes de la finalización de la audiencia, más no intervenir pues el citado presidente no le habilitó el micrófono para hacer uso de la palabra”.

Asimismo, el titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario 2, fue quien consideró lo ocurrido como una situación de “gravedad institucional“, y manifestó mediante el escrito que “se advierte con elocuencia la inobservancia deliberada respecto a la orden cautelar”.

Además, explicó que “distintas y numerosas personas en sus respectivas intervenciones” le advirtieron a Romero “acerca del error que estaba cometiendo en llevar a cabo el evento desoyendo los términos de la medida cautelar y supeditando a las y los participantes a ser cómplices de tal eventual comisión delictiva”.

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