Son las nuevas iniciativas tratadas en la última sesión del 2020, de la Legislatura Porteña.
Ambas propuestas, fueron sancionadas este jueves en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires.
Por un lado, están las “supermanzanas”, iniciativa de los legisladores Cecilia Ferrero y Agustín Forchieri (Vamos Juntos), sancionada en la sesión de este jueves de la Legislatura porteña y que las define como “un conjunto delimitado de manzanas y calles internas cuyas características ambientales y urbano-paisajísticas son homogéneas y/o permiten la identificación de una zona con características particulares y reconocibles”.
Sobre este tema, el legislador Ferrero explicó que es un “esquema de organización urbana que mejora la disponibilidad y calidad del espacio público de cercanía, a partir de una nueva forma de jerarquización de la red vial y nuevos usos temporales de la calle como espacio público, desplazando al automóvil de su uso exclusivo”.
Por su parte, Forchieri, indicó que “las supermanzanas recuperan para las personas gran parte del espacio público que les fue arrebatado por los autos. No prohíbe de por sí la circulación de vehículos, pero la desincentiva en las calles interiores. Las ciudades que las han implementado, ganaron superficie verde y mejoraron su movilidad haciéndola más segura, sana y sustentable. Se establece un marco para que el gobierno pueda materializar esta solución, adaptándola a la realidad de cada barrio y a las necesidades de sus vecinos”.
En relación a los “agentes de calle”, que presenta una modificación a la ley del sistema integral de seguridad pública de la Ciudad de Buenos Aires, es la denominación genérica de los siguientes agentes: de prevención; fiscalizadores del Espacio Público, de la Agencia Gubernamental de Control; guardaparques; agentes comunales con poder de policía; controladores de tránsito y transporte; agentes de convivencia y orden público.
Estos “agentes de calle” tendrán atribuciones para labrar actas de contravenciones, de comprobación de infracciones o convocar a la fuerza pública ante “una falta, contravención, delito o toda vez que ello resulte necesario”.
Según el texto de la ley, “Todos los Agentes en Calle mantienen las responsabilidades y funciones asignadas por sus normas de creación y vigentes, sin perjuicio de las competencias que por la presente se asignan. Las competencias asignadas complementan las que cada uno de los cuerpos enumerados en el artículo 520 de la presente ley tengan asignadas por sus propias normas de creación y que se encuentren vigentes”.